Denominaciones de origen de vino en España.

El interés por comprar productos de buena calidad cada vez sigue aumentando y es por eso que los productos con Denominación de Origen en España merecen una especial atención.

 

¿Qué es una Denominación de origen (DO)?

Una Denominación de Origen es un concepto que identifica un producto originario de un lugar particular, cuya calidad o características se deben fundamental o exclusivamente a un entorno geográfico particular. Básicamente, es un área específica donde se produce un producto agrícola. Este sistema sirve para dar reconocimiento de una calidad diferenciada y cuyas características son debidas al entorno geográfico.

Las D.O. también sirven para designar y proteger un producto que pertenece a un área determinada, desde el punto de vista legal. Aparte de esto, también se refieren al factor humano, las costumbres y tradiciones, los mitos,  las leyendas y las historias de esos lugares. Es muy importante que a la hora de comprar un vino, conozcamos su procedencia, ya que de ello dependerá la calidad o el sabor, debido a las características propias de la localidad donde se produce.

 

¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir un vino para obtener la Denominación de Origen?

  • Los vinos deben elaborarse en la región o en el lugar específico de la Denominación de Origen con uvas exclusivamente de esa zona geográfica, con sus factores humanos y culturales inherentes.
  • Deben tener características especiales y una calidad que solo puede lograrse gracias al entorno geográfico en el que fueron realizadas.
  • El vino debe gozar de alto prestigio comercial por su origen en el mercado.
  • Para obtener el reconocimiento de Denominación de Origen, deben haber transcurrido al menos cinco años desde que el vino fue reconocido como un producto de ese área.

Listado con las Denominaciones de Origen de vinos de España 2019 

Es nuestro país hay 69 Denominaciones de Origen (DO) y dos que son Denominaciones de Origen Calificada (DOCa):

– Denominaciones ubicadas en varias comunidades autónomas:

  • Cava (Cataluña, La Rioja, Aragón, País Vasco, Navarra, Comunitat Valenciana y Extremadura)
  • Jumilla (Murcia y Castilla-La Mancha)
  • Rioja (La Rioja, País Vasco y Navarra) *esta denominación es una D.O. calificada

 

– Andalucía:

  • Condado de Huelva
  • Jerez-Xerés-Sherry
  • Málaga
  • Manzanilla Sanlúcar de Barrameda
  • Montilla-Moriles
  • Sierras de Málaga

 

– Aragón:

  • Calatayud
  • Campo de Borja
  • Cariñena
  • Somontano

 

– Balears, Illes:

  • Binissalem
  • Pla i Llevant

 

– Canarias:

  • Abona
  • El Hierro
  • Gran Canaria
  • Islas Canarias
  • La Gomera
  • La Palma
  • Lanzarote
  • Tacoronte-Acentejo
  • Valle Güimar
  • Valle de la Orotava
  • Ycoden-Daute-Isora

 

– Castilla y León: 

  • Arlanza
  • Arribes
  • Bierzo
  • Cigales
  • Ribera del Duero
  • Rueda
  • Tierra de León
  • Tierra del Vino de Zamora
  • Toro

 

– Castilla La Mancha:

  • Almansa
  • La Mancha
  • Manchuela
  • Méntrida
  • Mondéjar
  • Ribera del Júcar
  • Uclés
  • Valdepeñas

 

– Cataluña:

  • Alella
  • Catalunya
  • Conca de Barberá
  • Costers del Segre
  • Empordá
  • Montsant
  • Penedés
  • Pla de Bages
  • Priorat *esta denominación es una D.O. calificada
  • Tarragona
  • Terra Alta

 

– Comunitat Valenciana:

  • Alicante
  • Utiel-Requena
  • Valencia

 

– Extremadura:

  • Ribera del Guadiana

 

– Galicia:

  • Monterrei
  • Rías Baixas
  • Ribeira Sacra
  • Ribeiro
  • Valdeorras

 

– Comunidad de Madrid:

  • Vinos de Madrid

 

– Región de Murcia:

  • Bullas
  • Yecla

 

-Comunidad Foral de Navarra:

  • Navarra

 

– País Vasco:

  • Arabako Txakolina-Txakolí de Álava/Chacolí de Álava
  • Bizkaiko Txakolina-Txakolí de Bizkaia/Chacolí de Bizkaia
  • Getariako Txakolina-Txakolí/Txakolí de Getaria/Chacolí de Guetaria

 

Denominaciones de origen calificadas en España 

Una categoría superior merece vinos con Denominación de Origen Calificada (D.O.Ca.). Para obtener esta calificación, además de los requisitos de la Denominación de Origen explicados anteriormente, deben cumplir con las siguientes características:

  • Los vinos deben pasar por un sistema de control desde su producción hasta su comercialización para garantizar su calidad y cantidad.
  • Deben haber pasado al menos diez años desde su reconocimiento como vinos con Denominación de Origen.
  • Debe haber una delimitación cartográfica, por municipios, de los terrenos aptos para la producción de vinos con derecho a DOCa.
  • Requieren que todos los vinos de la DO sean originalmente embotellados por bodegas registradas en la denominación de origen.
  • Todo el vino producido debe venderse embotellado.

En España tan solo hay dos Denominaciones de Origen Calificadas: Rioja y Priorato (Priorat en catalán).

DOCa Rioja: La Denominación de Origen Rioja consiguió su mención de Calificada en el año 1991.

DOCa Priorato: La Denominación de Origen Priorat consiguió su mención de Calificada en el año 2009.

 

Otras denominaciones de origen 

Vino de Calidad con indicación geográfica (V.C.)

Estos vinos son elaborados en una región determinada, las uvas deben tener la misma procedencia, la producción del vino  y sus similares características se deben a la localidad y a sus gentes.

Vino de Pago (V.P.)

Un pago es un sitio rural, vinculado al cultivo de los viñedos, de los que se obtienen vinos con características y cualidades únicas en una extensión limitada.

Todas las uvas cosechadas para estos vinos deben proceder de fincas ubicadas en el pago.

 

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Muchas gracias a todos por seguirnos.

Hasta pronto!!

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